miércoles, 21 de septiembre de 2016

SOBRE ACOGIMIENTO FAMILIAR

Estas semanas atrás se levantó un gran revuelo mediático tras presentarnos a una familia de Valencia a la que se retiraba la custodia y se le daba a su madre en acogida. Al principio nos vendieron que esta familia tenía al niño en adopción. Después se vió que ese niño en realidad no estaba adoptado sin en acogimiento preadoptivo que no es lo mismo en absoluto.
Primero deberíamos diferenciar lo que es un acogimiento familiar que es una forma de protección por la que se otroga la custodia de un niño a una familia de forma temporal o permanente o como en este caso como un paso previo antes de adoptar.
En el caso del acogimiento  familiar se pretende siempre que sea posible que el niño se relacione con su familia de origen y si es posible ese acogimiento se otorga para que se produza dentro del entorno extenso del menor.
En el caso de las familias acogedoras son selecionadas teniendo en cuenta sus actitudes, y aptitudes así como su propia capacidad de atender las necesidades del menor. Y sobretodo se les informa del carácter temporal de dicha medida no es lo mismo un acogimiento que una adopción, ya que en la adopción las personas que ejercen la custodia del niño son sus padres a efectos legales y en un acogimiento no. De hecho cuando se trata con familias acogedoras se intenta que estas no tengan ese sentimiento de como no han sido padres encontrar el acogimiento como una solución más rápida para llegar a ello.
Además el acogimiento puede ser administrativo (cuando los padres del menor dan su consentimiento mientras se interviene con ellos y se soluciona una posible situación de riesgo para ese menor)
Judicial cuando es el juez quien lo determina sin el consentimiento de los padres.
Provisional cuando lo formaliza la administración sin el consentimiento de los padres a los que se da un plazo para que presenten propuesta de acogimiento al juzgado. Y luego es el juez quien dicta resolución.
En el caso del acogimiento residencial este debe ser tomado como un medida que se aplica cuando no hay otros recursos o estos son inviables, no son adecuados o no son suficientes para atender las necesidades de un menor. Se intenta que un menor este en un centro el menor tiempo posibles. Un niño puede acabar en un centro por que tieen necesidades especiales como un trastorno psiquiátrico, poblemas de adaptación, etc. Pero porque un niño vaya a la guardia civil y explique que su madre no le deja llegar a casa tarde no se le mete en un centro. Detrás hay todo un proceso... porque si esto no fuera así cualquier quinceañero iría a la guardia civil por no querer cumplir las normas de su casa y acabarían todos bajo la tutela del estado que paga un pasta por cierto por cada menor en acogimiento (a empresas privadas que son en la mayoría de los casos quienes actualmente gestionan estos centros)
En el caso de la adopción se pretende integrar a un menor en una nueva familia una vez que se constata que es inviable su reintegración en su familia de origen.
Es aquí donde entra la figura del acogimiento preadoptivo como medida para favorecer la adaptación del niño a esa nueva familia, proceso que está supervisado por diversos profesionales para ver si se da o no la integración del niño.
A las familias de acogida se las seleccióna y se las forma para serlo, se prepara al niño, se prepara a la familia incluyendo a la familia de origen (mediando entre ambas) y se hace un seguimiento.
La familia de acogida del suceso tan en boca de todos en estas semanas insistía en que se les había dicho que el niño se iba a quedar con ellos para siempre... lo cuál siendo un acogimiento no es algo real aunque estuvieran en preadopción.
Por otro lado la familia de origen alega que llevaban años luchando por un lado la madre y por otro la abuela por obtener la custodia de ese menor.
Un menor no se retira a sus padres salvo que se demuestre la total incapacidad de los mismos para ejercer la tutela... esa incapacidad debe derivar en un riesgo para el menor. Y antes de retirarle la custodia de ese menor se pretende trabajar con los padres para solucionar ese riesgo o en caso de no ser posible tener su autorización para procurar un acogimiento mientras se solventa. Procurando como ya dije antes que ese niño vuelva a su entorno.


 

18 comentarios:

  1. Lo que dices es cierto si la Administración obra correctamente, pero en el caso del que hablas es evidente que ha habido irregularidades y que se han querido ocultar con más irregularidades. Cuáles y en qué medida? Probablemente nunca lleguemos a saber toda la verdad. Pero desde el momento en que una menor tutelada se queda embarazada en un centro y absolutamente nadie habla del padre, algo huele raro, no crees?

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    1. Sobre lo de que se quedara embarazada en el centro de menores tengo una entrada pendiente... obviamente este caso tiene irregularidades desde el minuto cero... huele muy muy muy pero muy raro.... gracias por tu opinión...

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  2. No estás bien informada. La familia de "acogida" del caso del que hablas estaba haciendo un acogimiento preadoptivo que, como bien dices, es el paso previo de TODA adopción nacional en nuestro país. Por eso, no eran padres de acogida, sino padres preadoptantes, y no estaban ni preparados ni formados para que el niño volviese a su familia de origen.

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    1. Están haciendo acogimiento preadoptivo ya o dije... y son preadoptantes.... a un preadoptante se le forma para adoptar de hecho forma parte del certificado de idoneidad y se les da apoyo una vez que concluye la adopción. En este caso más que a los padres lo suyo habría sido preparar al niño (otra irregularidad más) porque al fin y al cabo es ese niño el mayor perjudicado de todo esto, no lo olvidemos. ¿se preparó al niño? ¿se hizo una adaptación a la madre biológica supervisada por técnicos? noooo... a los padres preadoptantes según la ley se les tiene que dar información sobre el niño que adoptan y se les tiene que informar que hasta que no está todo firmado ese niño no es suyo (ya no digo nada de lo del sentimiento de pertenencia) la preadopción es preparar a la familia para la adopción y sobretodo al niño porque la finalidad de la adopción es dar unos padres a un niño y no un niño a unos padres. Este caso huele muy mal y además hay víctimas por todos lados.

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  3. En este tema me parece que hay varias cosas que no cuadran, porque se supone que una preadopcion puede durar como máximo un año y en este caso el niño ya llevaba 3. La madre biológica dice que ella en ningún momento quiso entregar a su hijo, y se quedó embarazada estando internada en un centro de menores cuando contaba con 14 años... Además esta familia de acogida se ha dedicado a montar cirios en público ante los medios y el propio niño, que no entendería nada. Justo hoy he hablado de este tema en mi blog dando a conocer la versión de la madre biológica.

    Besos

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  4. Te acabo de leer en tu blog ahora mismo.... hay muchas cosas que chirrían... pero muchas.... un besote

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  5. La verdad es que no han procedido correctamente, porque si la madre biológica estaba luchando por recuperar el hijo que le arrebataron, la familia de acogida debería de conocer toda la historia del menor, porque aunque ahora eran preadoptantes creo que empezaron siendo familia de acogida. Hay que dejarles claro desde el minuto cero todo. Si yo acojo a un niño y me dicen al inicio que su madre lo quiere y luchará por él le voy a cuidar y querer hasta que pueda volver con su madre, que duele despedirse, no quiero ni imaginar cuanto, pero quien se mete en acogidas sabe o debe saber lo que es, han hecho su labor, no deberían montar circos delante del niño,no se debería haber permitido que el niño entrara en régimen de preadopción si tenía madre y abuela en plena lucha. Menuda cagada, porque la falta de información les hizo hacerse ilusiones. Sin embargo, si quieren adoptar...xq se apuntaron a ser padres de acogida?
    Y esa menor embarazada, ese hijo quitado por la fuerza, esa ocultación de datos, está claro que algo no cuadra.
    Me consuela pensar que el niño esté bien, que lo quieran y lo cuiden, que es el que me importa mas y espero que así sea.

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    1. El menor pasó por un centro de menores, una familia de acogida simple, y finalmente llegó a su familia de acogida preadoptiva, que no era la misma ya que la ley no permite que las familias de acogida simple accedan a adoptar a un menor. En España es obligatorio que el menor pase por una acogida preadoptiva con los que van a ser los futuros adoptantes, no se dan en adopción directamente. Así que la pregunta seria, porque los servicios sociales dieron a este niño en preadopción? Estos padres querian adoptar y por eso se apuntaron a adoptar y por eso pensaban que iban a ser los padres del niño. Sobre el cirio que montaron ya es otra cosa, aunque supongo que si te van a arrebatar al que tu creias tu hijo.. facil no debe ser.

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    2. Conozco la adopción nacional desde dentro, porque soy madre adoptiva de un menor por esta vía. A los solicitantes de adopción nos forman y nos evalúan, para adoptar niños que han sido declarados en desamparo y que están tutelados por los servicios sociales por dos causas: o porque la familia biológica ha renunciado a su tutela (casos muy muy poco frecuentes) o porque había alguna situación de riesgo para el menor que aconsejaba separarlo de su familia biológica de forma irrevocable. En esos dos casos los menores son considerados adoptables y son asignados a una familia en la que comienzan un acogimiento preadoptivo hasta que un juzgado certifica judicialmente la adopción. En el segundo de los supuestos, las familias biológicas por regla general se openen a la adopción y luchan judicialmente contra la administración. Eso es lo más común y también lo más común es que la decisión de los servicios sociales de declarar al menor como adoptable esté bien fundamentada y sea refrendada por los jueces.
      En este caso, eso no ha sido así y la audiencia provincial ha acabado dándole la razón a la madre (aunque el juzgado de familia le había dado la razón anteriormente a la administración). Lo que sí que quería dejar claro, es que la pareja de Valencia no era una familia de acogida, sino preadoptante. Ellos nunca se apuntaron para ser familia acogedora. Tenían al niño en acogimiento preadoptivo porque se les había dicho que era un menor adoptable.
      Para mi la conclusión es que los servicios sociales han hecho MUY MAL su trabajo causando un enorme sufrimiento. Primeramente al niño, que ha ido de un lado a otro (primero a un centro, luego a una familia, ahora a otra) con las secuelas que eso podría dejarle. Después a una madre que se ha perdido los primeros cuatro años de la vida de su hijo. Y por último a una pareja que han sido forzados a separarse del que sentían y querían como su hijo, porque aunque legalmente no lo fuera, el amor de unos padres a un hijo no necesita de papeles.

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    3. Muchísimas gracias por tu respuesta, me has dado datos sobre adopción y preadopción que me eran desconocidos y no me cuadraba eso de padres de acogida, me has aclarado muchas dudas.
      Pues si, pobre niño y pobres padres, tanto biológica como preadoptivos.

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  6. En los cursos para acogida se intenta filtrar a las familias que se la toman como una vía fácil, pero está visto que alguna se cuela y esta, en concreto, me horroriza.
    Me alegra infinito que Juan Francisco al fin esté con su madre.

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    1. No se colaron, esta familia hizo un curso de adopción, ya que lo que realizaban no era una acogida normal (temporal, de urgencia ni permanente); sino una acogida preadoptiva, paso indispensable y obligatorio para en el plazo máximo de un año (según ley), tener la adopción plena. Si el niño no era adoptable, no se debería haber dado en acogida preadoptiva.

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    2. Se colaron en el momento en que se quisieron apropiar de un niño cuya patria potestad pertenecía a la madre biológica y que se encontraba en una situación en la que en cualquier momento podía volver con ella.
      Un año, bien lo dices, no los dos y medio que llevaba con ellos. Eso no es una acogida preadoptiva.
      Mal por parte de las instituciones y mal por ellos que antepusieron su deseo de ser padres al drama de una madre, calumniándola incluso, montando un espectáculo delante de una criatura y enviándolo a Asturias con lo puesto.

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    3. A ellos se les asignó un menor, cuya patria potestad pertenecia al estado, cosa mal hecha si, pero por parte de las instituciones no por ellos. El plazo máximo de un año para la adopción, no se cumple casi nunca aunque no haya estos problemas con la familia biologica, y tampoco es culpa de los padres preadoptantes, sino de la lentitud burocratica. Que haces tu como madre si por la lentitud del proceso pasa mas de un año en preadoptiva? Pues esperas.. que vas a hacer...

      Sobre lo que hicieron despues y el circo que montaron, ahi ya no los defiendo. Pero todo lo que pasó antes, considero que ellos no tenian culpa alguna, no se apropiaron de un menor cuya patria potestad pertenecia a su madre biológica, puesto que los servicios sociales lo declararon en situación de desemparo y ellos como futuros padres adoptantes solo aceptaron al menor. Aqui quien fallò fueron los servicios sociales por dar en adopción un menor que no lo necesitaba, claro esta. Eran ellos quien debian haber decidido poner ese niño en una acogida temporal y no en adopción, y no los padres preadoptantes.

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  7. Gracias por hacer este post Misme, siempre creí que eras la más indicada para hacerlo. Lo que tengo claro es que mucha gente de la que se mete en acogimiento lo sigue haciendo como solución más rápida a la falta de hijos y mira que te lo dicen claro, que no lo hagas si estás en ese caso, pero...
    Perfectamente explicado queda, ya, quien no quiera entederlo que no lo haga

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  8. ACOGIMIENTO DE UN MENOR en mi pueblo equivale a: Echar pan a perro ajeno, perder pan y perder perro.

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  9. No eran una familia de acogida, ni se lo habían tomado por la vía fácil. A mi lo que me horroriza es la frialdad con la que se juzga el dolor ajeno.

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    1. El dolor de la madre biológica también fue fríamente juzgado en la carta del señor de acogida. Eso sí que me horroriza.

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